El paro para autónomos es una de las peticiones más recurrentes de este tipo de profesionales. Si emprender es ya una tarea no demasiado sencilla, pensar en que el cese de actividad puede terminar con una desprotección total no deja de ser un gran riesgo en el caso de que todo vaya mal. A continuación, te mostramos los detalles de la prestación por desempleo que te correspondería si tuvieras que cerrar tu empresa o dejar de trabajar como autónoma.
Requisitos para cobrar la prestación
Para poder cobrar el paro debes cumplir los siguientes requisitos:
- Haber estado dada de alta como autónoma durante los 12 meses anteriores al cese de la actividad.
- Acreditar que tienes disponibilidad para trabajar.
- No tener más de 65 años, ya que en ese caso se te pagaría la pensión de jubilación dependiendo de tu situación.
- Tampoco debes tener deuda alguna con la Seguridad Social.
- No tener un problema legal que te haya provocado la pérdida de tu licencia para ejercer la actividad.
Motivos para el cese de actividad
Si alegas los siguientes motivos no deberías tener dificultades para cobrar:
- Motivos económicos, técnicos, de producción o similares.
- Casos de fuerza mayor.
- Pérdida de licencia administrativa.
- Haber sido víctima de violencia de género.
- Haberte divorciado.
Si eres autónoma dependiente, constituye un motivo el incumplimiento de contrato de la otra parte, el final de la relación comercial, la rescisión unilateral del acuerdo laboral o la muerte de tu cliente. El tipo de cotización por cese de actividad estará entre el 0,7 y el 4 %, siendo la primera cifra la más habitual.
El incumplimiento de la ley
Si bien en la ley 32/2010 se especifican los requisitos anteriores, nueve años después se puede afirmar que el cobro de la prestación es casi una odisea para la mayoría de los autónomos. Tras varios cambios legales, la nueva ley 1/2019 asegura que el proceso será mucho más sencillo.
Al menos, sí se ha conseguido que la prestación se conceda teniendo en cuenta los siguientes periodos cotizados:
- De un año a 17 meses cotizados: se cobrará durante cuatro meses.
- De 18 a 23 meses cotizados: se recibirá la prestación durante medio año.
- De 24 a 29 meses: tendrás derecho a ocho meses de cobro.
- De 30 a 35 meses: a diez meses de prestación.
- De tres años a 42 meses: a un año.
- De 43 a 47 meses: a dieciséis meses.
- Más de cuatro años: percibirás la prestación durante dos años.
¿Cuánto cobrarás?
El 70 % de la base reguladora de tu cotización. Si has pagado por el mínimo, la prestación alcanza los 661,04 euros al mes. Si tienes hijos podrías llegar a cobrar entre el 80 y el 107 % dependiendo de tu caso.
Como habrás observado, el paro para autónomos es una realidad que tendrás que conseguir no sin cierto esfuerzo. Nos gustaría que compartieras tu experiencia en la solicitud de esta prestación con todas nuestras lectoras. ¿Conseguiste cobrarla? ¿Te resultó complicado el papeleo? Esperamos tus respuestas a estas preguntas para guiar a las que, como tú, quieren saber todo lo posible sobre este tema.