Conciliar la vida personal con la familiar no es tarea sencilla. No obstante, los derechos laborales que tenemos las madres cuando retomamos el trabajo tras tener hijos, nos pueden facilitar la vida. Te contamos cuáles te corresponden.
Derechos laborales para que tener hijos no sea una desventaja en el trabajo
Tras la baja por nacimiento, adopción o acogimiento, el retorno a nuestro puesto de trabajo amenaza con tornarse cuesta arriba. Sin embargo, la vuelta al entorno laboral puede resultar más llevadera si conocemos los derechos que nos amparan.
Baja maternal, baja compartida y baja a tiempo parcial
La licencia de 16 semanas consecutivas es un derecho universal de las madres que trabajan (extensible tras partos múltiples o si el recién nacido es hospitalizado). Durante ese lapso el salario se mantiene al 100 %. La baja maternal puede ser más corta, pero no inferior a 6 semanas posteriores al nacimiento, la adopción o la acogida. ¿Qué puedes hacer con las 10 semanas que podrías no tomarte? Cederlas a tu pareja (padre) que decidirá si disfrutarlas en simultáneo o tras la reincorporación de la madre a su trabajo. Por otra parte, una mujer puede volver a su puesto de trabajo tras las 6 semanas obligatorias de baja y trabajar solo media jornada haciendo uso de sus 10 semanas de baja. En consecuencia, trabajará medio día durante 20 semanas.
Permiso de lactancia
Supone el derecho de ausentarse una hora o dos medias horas al día o, en su defecto, abandonar su puesto de trabajo media hora antes de su salida. El permiso de lactancia hasta los 9 meses del bebé (extensible tras partos múltiples), puede ser un derecho de la madre o del padre. Una madre puede, a su vez, decidir no hacer uso de ese permiso, acumular horas y añadir entre 15 y 20 días a su baja maternal.
Reducción de la jornada de trabajo por guarda legal y por motivos familiares
Hasta los 8 años de edad del hijo, una madre puede solicitar la reducción de entre un octavo y la mitad de su jornada laboral, con su consecuente reducción de su salario.
Excedencia voluntaria para el cuidado de los hijos
Es de hasta tres años. Solo durante el primero el empleador tiene la obligación de reservarle el mismo puesto de trabajo (no así en los sucesivos).
Despido nulo tras la maternidad
Ninguna madre trabajadora puede ser despedida tras la baja maternal hasta que no hayan pasado 9 meses del nacimiento, adopción o acogida de su hijo.
¿Qué ocurre con las madres que trabajan por cuenta propia?
Las madres autónomas pueden solicitar su baja por maternidad, adopción o acogida. Pero atención, deben cumplir ciertos requisitos:
1. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
2. Cuotas mensuales al día.
3. Un periodo mínimo de cotización.
Como advertimos, los derechos laborales de las mujeres al reincorporarse al trabajo tras la baja maternal prometen mejorar la calidad de vida de las madres trabajadoras y de sus hijos. Hazlos cumplir para continuar sacando el máximo provecho al día a día junto a tu pequeño y, en simultáneo, rindiendo al máximo como profesional.