Cuando se forma una familia y te conviertes en madre o padre, la vida cambia, el tiempo desaparece y se complica la idea de compaginar el trabajo con la vida familiar y el ocio. En muchos casos, la madre opta por hacerse autónoma para poder llevar una buena conciliación familiar y no estar sujeta a horarios que compliquen el día a día. Pero surgen dudas sobe la baja maternal o qué bonificaciones hay.
Duración de la baja maternal
La baja maternal y paternal es un hecho, tanto al trabajar por cuenta ajena como al ser autónoma. Las madres disponemos de 16 semanas de baja por maternidad en las que tenemos derecho a la prestación. Los padres, a diferencia de las madres, disponen de cuatro semanas. La única obligación es que debemos disfrutar de las primeras seis semanas de ese periodo mencionado, sin poder transferirlas al padre. Transcurrido ese tiempo, las 10 siguientes semanas podemos transferirlas sin problema para que él las disfrute.
Esto no se aplica únicamente si damos a luz, sino que también en casos de adopción, siempre que el niño o niña sea menor de 6 años, o en casos de convertirnos en el cuidador o cuidadora de una persona dependiente.
Períodos de cotización necesarios
Los trámites, al ser autónoma, corren por nuestra cuenta, por lo que debemos comunicar la llegada del bebé en 15 días como máximo y tener cotizado un mínimo de 180 días en los últimos siete años, 360 días desde tu comienzo como autónoma o 6 meses si tenemos entre 21 y 26 años. El único caso en el que no se aplica el requisito de cotización es si tienes menos de 21 años. Para poder beneficiarnos de todas estas medidas debemos tener la situación de autónoma en regla. En caso de no ser así, disponemos de un mes para hacerlo y poder optar a la baja por maternidad.
Para calcular la cuantía diaria que cobraremos, debemos sumar las bases de cotización de los últimos seis meses y dividirlas entre 180. Con respecto a la cuota de autónomo, no tendrás que asumirla.
Otras bonificaciones
Otra de las bonificaciones que se ha actualizado recientemente es la posibilidad de disfrutar de la bonificación de la cuota de autónomo en el caso de que tengas que cuidar de un familiar con discapacidad (mínimo del 33 %) o de un hijo de menos de 12 años de edad. Para esta bonificación, es obligatoria la contratación de un sustituto durante el tiempo que dura la misma, que es de un año.
Otra de las ventajas a las que tienes derecho es, por ejemplo, a la baja por riesgo durante el embarazo o la lactancia, y a la exención del pago de la cuota de autónoma. Para calcular el cobro, tendríamos que hacer la media entre las últimas doce cotizaciones.
Al reincorporarnos al trabajo tras la baja maternal, podremos disfrutar de una cuota mínima de 50 € al mes durante un año. Es la llamada Tarifa Plana.
Si te encuentras en esta situación, eres autónoma y vas a ser madre, estas son todas las ventajas de las que puedes disfrutar para la conciliación familiar.